Este 21 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo decreto que otorga estímulos fiscales como parte de la estrategia nacional llamada “Plan México”. El objetivo de esta estrategia es atraer nuevas inversiones, impulsar programas de capacitación dual y promover la innovación.
Antecedentes
Recientemente, el Gobierno de México presentó el “Plan México”, un plan nacional diseñado para fortalecer la industria, generar empleo y fomentar el desarrollo regional a través de inversiones y relocalización de empresas. Para gestionar estas acciones se creó el Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización, que se enfocará en áreas como infraestructura, proveeduría local y educación dual.
El gobierno busca incentivar la participación de empresas, tanto nacionales como extranjeras, en las cadenas de valor a través de estímulos fiscales, que estarán disponibles hasta el 30 de septiembre de 2030. Estos beneficios incluyen deducciones adicionales para gastos en capacitación (con acuerdos con la SEP) y en innovación tecnológica, como la obtención de patentes y certificaciones.
Para asegurar la transparencia en la asignación de estos estímulos, se conformará un Comité de Evaluación. El monto total de los estímulos será de hasta 30 mil millones de pesos, distribuidos de la siguiente manera: 28,500 millones para la inversión en bienes nuevos de activo fijo, y 1,500 millones para capacitación e innovación. Además, se reservarán al menos 1,000 millones de pesos para las MIPYMES con ingresos menores a 100 millones de pesos anuales.
A continuación, te explicamos los estímulos que otorga este decreto.
DEDUCIÓN INMEDIATA
El decreto ofrece un estímulo fiscal que permite la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo, que se adquieran desde la entrada en vigor del decreto hasta el 30 de septiembre de 2030, para efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR). Esta deducción se aplicará en el ejercicio fiscal correspondiente, utilizando los porcentajes establecidos en el decreto.
El estímulo tiene un límite de 28,500 millones de pesos, que se distribuirán entre los proyectos de inversión aprobados por el Comité de Evaluación durante los seis años que dure el decreto. Es fundamental que los interesados sometan sus proyectos a aprobación para acceder a este beneficio.
Sujetos del estímulo
Pueden beneficiarse del estímulo fiscal únicamente los siguientes contribuyentes que tributen en los regímenes señalados:
- Personas morales:
- Régimen General de Ley
- Régimen Simplificado de Confianza
- Personas físicas:
- Actividades Empresariales y Profesionales
Requisitos para los contribuyentes
Para poder acceder a los estímulos, los contribuyentes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tener activo el buzón tributario.
- Tener una opinión fiscal positiva conforme al Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF).
- Presentar documentación específica según el caso, como el proyecto de inversión, convenios con la Secretaría de Educación Pública (SEP) sobre educación dual, o proyectos de innovación.
Condiciones y restricciones para los bienes
Solo se consideran bienes nuevos aquellos que se usen por primera vez en México. Además, deben permanecer en uso por al menos dos años después de la deducción.
No aplican para el estímulo:
- Mobiliario y equipo de oficina
- Automóviles con motor de combustión interna
- Equipo de blindaje para automóviles
- Bienes no identificables individualmente
- Aviones (salvo aquellos utilizados en aerofumigación agrícola)
Impacto en el Coeficiente de Utilidad
Los contribuyentes que aprovechen la deducción inmediata entre 2025 y 2030 deberán tener en cuenta estos montos para calcular su coeficiente de utilidad en los pagos provisionales de 2026 a 2031, ya sea adicionándolo a la utilidad fiscal o disminuyendo la pérdida fiscal.
Obligaciones de registro y control
Los beneficiarios deben llevar un registro detallado de sus inversiones, que incluya información como la descripción del bien, el porcentaje de deducción aplicado, el ejercicio fiscal en el que se aplicó, y la fecha de enajenación o pérdida del bien.
Porcentajes de Deducción
El decreto incluye una tabla que establece los porcentajes de deducción inmediata aplicables a distintos tipos de bienes de activo fijo, diferenciados en dos periodos según el bien haya sido adquirido: 2025-2026 y 2027-2030.
Aplicación en el IVA
La deducción inmediata se considerará una erogación deducible para efectos del IVA, siempre que se cumplan los requisitos de la Ley del ISR.
DEDUCCIÓN ADICIONAL POR CAPACITACIÓN
Se podrá deducir un 25% adicional sobre el incremento en gastos de capacitación técnica o científica y de innovación. Este estímulo tiene un límite de 1,500 millones de pesos, y se aplicará en el mismo ejercicio fiscal en el que se realicen los gastos.
El incremento referido se calcula comparando el gasto del ejercicio con el promedio de los últimos tres ejercicios fiscales. Si en algún año no se realizaron gastos en estos conceptos, el promedio se calcula igualmente.
Para aplicar esta deducción deben cubrirse los siguientes requisitos:
- La capacitación debe ser para trabajadores activos registrados en el IMSS.
- Los proyectos de inversión serán aquellos vinculados con los proyectos de inversión para el desarrollo de la invención, que permita la obtención de patentes, y aquellos proyectos de inversión que se desarrollen para la obtención de certificaciones iniciales que requieran los contribuyentes para su integración a las cadenas de proveedurías local/regional.
- La deducción debe aplicarse en el mismo ejercicio en que se realizó el gasto, de lo contrario, se pierde el derecho a aplicarla en años posteriores.
- Los contribuyentes deben llevar un registro específico de los gastos de capacitación e innovación.
El tratamiento que tiene esta deducción adicional es el siguiente:
- Se resta de la diferencia entre ingresos acumulables y deducciones autorizadas en el ejercicio
- No aplica si las deducciones autorizadas superan los ingresos acumulables
- No es acumulable para efectos del ISR
Comité de Evaluación
El Comité de Evaluación será responsable de supervisar los proyectos de inversión y asegurarse de que cumplan con los criterios establecidos. Estará compuesto por representantes de la Secretaría de Economía, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y del Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización.
Monto total de estímulos
El monto total de los estímulos fiscales es de hasta 30 mil millones de pesos, distribuidos hasta septiembre de 2030:
- 28,500 millones de pesos para la inversión en bienes nuevos
- 1,500 millones de pesos para capacitación e innovación
- Al menos 1,000 millones de pesos reservados para MIPYMES
Excepciones
No podrán acceder a estos estímulos aquellos contribuyentes que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Estén en las listas negras del SAT o tengan problemas fiscales pendientes.
- Sean considerados “empresas fantasma” según el Código Fiscal de la Federación.
- No cumplan con los requisitos establecidos en el decreto.
- Se encuentren en liquidación.
- Tengan Sellos Digitales restringidos o cancelados.
- Entre otros.
Consecuencias del incumplimiento
Si un contribuyente no cumple con los requisitos del decreto, deberá pagar el impuesto omitido, más los recargos y la actualización correspondiente. Además, perderá el beneficio fiscal.
Reglas generales
El SAT podrá emitir reglas adicionales para la aplicación de este decreto.
Decreto de “nearshoring” sin efectos
A partir de la entrada en vigor de este decreto, se quedan sin efectos los estímulos fiscales establecidos en el decreto de “nearshoring” publicado el 11 de octubre de 2023 y su modificación de diciembre de 2024. Sin embargo, los contribuyentes que ya habían aplicado estos estímulos podrán seguir utilizándolos hasta su conclusión.
Vigencia
Este decreto entra en vigor el 22 de enero de 2025.