Si eres profesional de servicios (médico, dentista, psicólogo, abogado, contador, arquitecto, nutriólogo, consultor, coach, terapeuta, diseñador, etc.), tu negocio eres tú: tu conocimiento, tu tiempo y tu capacidad de resolver problemas. Por eso, deducir bien no es un “extra contable”, es parte de operar con orden y no pagar impuestos de más por falta de estructura.
En este artículo presentamos:
– Qué se considera “profesional de servicios” y cuáles son los casos más comunes.
– Qué regímenes fiscales existen (explicados en lenguaje sencillo) y por qué cambian tus deducciones.
– Qué gastos suele poder deducir un profesional de servicios, con ejemplos por giro (consultorio, despacho, servicios en línea, home office).
– Deducciones personales (y sus límites oficiales).
– Errores frecuentes que hacen que “no pase” una deducción.
Por qué importa tanto (un dato que ayuda a dimensionarlo)
INEGI reportó que en noviembre de 2025, 54.8% de la población ocupada estaba en informalidad laboral.
Esto no significa que “todos sean informales por gusto”; muchas veces refleja que operar sin estructura fiscal/administrativa es común. Para un profesional de servicios, formalizar y deducir correctamente suele ser una diferencia enorme en flujo de efectivo, acceso a créditos, crecimiento y tranquilidad.
1) ¿Qué es “profesional de servicios” (en la práctica)?
En términos sencillos, eres profesional de servicios cuando tu ingreso proviene de prestar un servicio (no solo vender mercancía), normalmente basado en tu experiencia, certificación o especialidad.
Ejemplos típicos:
Salud: médicos, dentistas, fisioterapeutas, psicólogos, nutriólogos.
Legal/finanzas: abogados, contadores, asesores fiscales, auditores.
Construcción/diseño: arquitectos, interioristas, diseñadores.
Consultoría/negocios: consultores, coaches, estrategas, capacitadores.
Servicios creativos y digitales: diseñadores gráficos, fotógrafos, editores, community managers (si su ingreso principal es el servicio).
Muchos profesionales combinan: servicio + productos (cursos, talleres, ebooks, membresías). Aun así, la lógica de deducción se sostiene: debes demostrar que el gasto está ligado a generar ingresos.
2) Lo que define tus deducciones no es tu profesión: es tu régimen fiscal
“Profesional de servicios” describe tu actividad. Fiscalmente, lo que manda es tu régimen ante el SAT. A continuación se explican los más comunes para este perfil.
A) Persona física con Actividades Empresariales y Profesionales (incluye “servicios profesionales”)
Es el régimen típico para profesionistas independientes que cobran honorarios/servicios.
Presentas declaraciones (normalmente mensuales) y anual. Sí suele permitir deducir gastos del negocio, siempre que cumplan requisitos.
La base legal de las deducciones para personas físicas con ingresos por actividades empresariales o servicios profesionales está prevista en la Ley del ISR, por ejemplo el Artículo 103 (deducciones autorizadas).
Además, el gobierno tiene materiales explicativos para este régimen y sus obligaciones (en lenguaje más “usuario”).
Cuándo suele convenir: cuando tienes gastos relevantes para operar (consultorio, equipo, renta, marketing, etc.) y quieres que tu esquema fiscal refleje esa realidad.
B) RESICO (Régimen Simplificado de Confianza)
RESICO se diseñó para simplificar el cálculo y facilitar cumplimiento. Generalmente opera con pagos mensuales “simplificados”. En la práctica, no se planea igual que un régimen donde deduces muchos gastos operativos, y además puede cambiar tu dinámica de declaración anual (según reglas vigentes).
Cuándo suele convenir: cuando buscas simplicidad y tu estructura de gastos/operación (o tu caso) hace más eficiente ese esquema. Pero se revisa caso por caso.
C) Persona moral (empresa)
Aplica si constituiste una sociedad (S.A., S. de R.L., etc.) y tu servicio se presta “a través de una empresa”. La lógica de deducibilidad es empresarial/contable. Suele ser útil cuando hay socios, nómina, crecimiento mayor, o por estrategia legal.
En este artículo se enfoca en lo más común para “profesionales de servicios” independientes (persona física), pero los conceptos de indispensabilidad + comprobación también aplican.
3) Regla de oro: ¿qué hace que un gasto sea deducible?
La Ley del ISR establece requisitos y criterios para deducciones, incluyendo que deben ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad.
En palabras simples (lo que sí funciona):
– Relación directa con tu servicio (te ayuda a prestar el servicio, operar, vender, cumplir).
– Factura (CFDI) correcta a tu RFC y bien emitida.
– Pago comprobable (transferencia/tarjeta) y documentación mínima.
Si falta alguno, el gasto puede volverse “no defendible”.
4) ¿Qué gastos puede deducir un profesional de servicios? (por categorías + ejemplos reales)
A continuación se presentan las categorías típicas para un profesional de servicios que pera como persona física y puede aplicar deducciones del negocio (por ejemplo, bajo Actividades Empresariales y Profesionales), con ejemplos muy concretos.
4.1 Consultorio, oficina o espacio de trabajo
Deducibles típicos:
– Renta del consultorio/oficina/despacho.
– Cuotas de mantenimiento (si aplican).
– Limpieza del espacio.
– Reparaciones necesarias para operar.
Ejemplos:
– Psicólogo que renta consultorio 2–3 días por semana.
– Abogado con oficina pequeña para recibir clientes.
– Nutriólogo que renta un consultorio dentro de un centro médico.
4.2 Servicios básicos y operación
– Internet (clave si manejas agenda, videollamadas, expedientes digitales).
– Telefonía (si atiendes pacientes/clientes).
– Luz/agua (si están ligados al lugar donde operas).
Ejemplo: profesional que atiende presencial + agenda por WhatsApp + videollamadas: internet y telefonía son esenciales para operar.
4.3 Equipo y herramientas (lo que usas para dar el servicio)
– Computadora, tablet, impresora.
– Equipo especializado (depende del giro).
– Mobiliario de consultorio/oficina (según caso).
– Herramientas de medición o diagnóstico (si aplica).
Ejemplos por giro:
– Dentista: instrumental y equipo del consultorio.
– Arquitecto: computadora potente + software de modelado.
– Contador: computadora + impresora/escáner + herramientas de organización.
(Cuando el equipo es “activo” o inversión, suele aplicarse con reglas específicas de deducción de inversiones; la LISR contempla deducción de inversiones y su tratamiento.)
4.4 Software y plataformas
– Sistemas de agenda/recordatorios.
– CRM o gestión de clientes.
– Videollamadas (si usas herramientas premium).
– Nube/almacenamiento para expedientes y entregables.
– Herramientas de facturación, administración, firma electrónica de documentos.
Ejemplos:
– Psicólogo que usa plataforma de videollamada + agenda + almacenamiento seguro.
– Consultor que usa herramientas de project management y reportes.
4.5 Materiales e insumos
– Papelería profesional.
– Materiales clínicos o consumibles (salud).
– Materiales de trabajo (según actividad).
Ejemplo:
– Nutriólogo: materiales impresos para planes, formatos, mediciones (si aplica).
– Fisioterapeuta: consumibles usados en sesiones (según caso).
4.6 Capacitación y actualización profesional
– Diplomados, cursos, certificaciones relacionadas con tu especialidad.
– Congresos, talleres (si están vinculados a tu actividad).
Ejemplo: abogado que toma actualización en materia fiscal; psicólogo en especialidad; médico en cursos de educación continua.
4.7 Marketing y captación de clientes
– Diseño de identidad (logo, papelería).
– Sitio web, landing page, hosting y dominio.
– Publicidad digital (cuando está facturada correctamente).
– Fotografía profesional para tu perfil.
Ejemplo real: consultor que invierte en una página y campañas para conseguir prospectos.
4.8 Servicios profesionales que tú contratas
– Contador / asesoría fiscal.
– Abogado para contratos (si no eres abogado).
– Asistente virtual o administrativo (si aplica).
– Servicios de diseño o edición (si subcontratas).
Esto suele ser muy defendible porque se vincula directo a operar.
4.9 Transporte y viáticos por actividad
– Traslados a juntas, citas, visitas técnicas.
– Estacionamientos, casetas.
– Transporte facturado.
Ejemplo: arquitecto que visita obra; consultor que asiste con cliente; médico que da consulta a domicilio (si aplica).
Tip práctico: mientras más clara sea la “historia” del gasto (cita, agenda, servicio prestado), más sólida la deducción.
5) Deducciones personales (para profesionales de servicios) y límite oficial
Además de los gastos del negocio, existen las deducciones personales que se aplican en la declaración anual, como gastos médicos, colegiaturas, aportaciones al retiro, seguros, etc.
El SAT establece el límite global: el monto total de deducciones personales no puede exceder de 5 UMA anuales o el 15% del total de tus ingresos (lo que resulte menor); para 2025 el SAT indica el equivalente de $206,367.60 para 5 UMA anuales.
Esto es clave para profesionales de servicios porque muchas veces pagan:
– Seguro de gastos médicos
– Honorarios médicos/dentales
– Terapias
– Colegiaturas
…y creen que todo será deducible “sin límite”. Sí ayuda, pero tiene tope.
6) Errores comunes (los que más hacen perder deducciones)
– No pedir CFDI o pedirlo con datos incorrectos.
– Pagar gastos del negocio desde cuentas ajenas sin evidencia clara.
– Mezclar gastos personales con profesionales (“lo uso para todo”).
– Querer deducir cosas sin relación real con la actividad (difícil de defender).
– No separar mínimamente operación: aunque seas persona física, ayuda tener tarjeta/cuenta para gastos del negocio.
Si eres profesional de servicios en México, sí puedes deducir muchos gastos, pero el resultado depende de tres cosas:
– Tu régimen fiscal (y entender qué significa cada uno).
– Que el gasto sea estrictamente indispensable y congruente con tu actividad.
– Que esté bien facturado y pagado (con soporte).
Cuando eso se cumple, las deducciones dejan de ser “un tema contable” y se vuelven una herramienta real para mejorar tu flujo y profesionalizar tu operación.
Si quieres que revisemos tu caso como profesional de servicios (régimen ideal, checklist de deducciones por tu giro, revisión de CFDI, orden de gastos y estrategia para pagar lo justo), escríbenos a: contacto@pradomx.com.